SUSTITUCION VULGAR.
Concepto
La sustitución puede definirse como aquella parte del testamento en la que el testador instituye un heredero suplente (heres substitutus) para el caso de que el que inicialmente ha sido instituido como tal, no quiera o no pueda adquirir la herencia. Se trata, pues, de una institución sometida a la condición de que el heredero no pudiese o no quisiese aceptar.
La sustitución antes descrita se conoce como sustitución vulgar, en la que se usaba la fórmula: «Sea heredero Cayo y si éste no lo fuese, que lo sea Ticio». Cayo sería el heredero en primer grado y Ticio el heredero en segundo grado o sustituto.