BONORUM POSSESSIO CUM RE Y SINE RE
Concepto
Posesión de los bienes con efectividad o sin ella.
La bonorum possessio cum re se da cuando el heredero pretorio o poseedor de los bienes prevalece frente al heredero civil y puede retener los bienes hereditarios. El medio judicial para oponerse válidamente al heredero era la introducción en la Fórmula de una exceptio o replicatio doli. Esta posibilidad sólo se admitió por obra de los Pretores y de los Príncipes al final de la época clásica. Un rescripto de Antonino Pio (G., 2.120) dió preferencia a los herederos designados en un testamento pretorio frente a los herederos civiles ab intestato, concediéndoles contra éstos la excepción de dolo.