B) El esclavo se hace libre y heredero en virtud de la sustitución.

 

Esta es la opinión de Javoleno, Próculo y Paulo quienes estiman que el hijo no ha aceptado la herencia:

Ni expresamente, al rechazar el testamento del padre.

Ni tácitamente por cuanto la petición de la posesión de los bienes hereditarios ab intestato no puede equipararse a la "pro herede gestio".

En consecuencia, al no aceptar la herencia el hijo emancipado, procede su sustitución hereditaria por el esclavo.