ACTIO EX TESTAMENTO

 

Los legatarios pueden ejercitar la reivindicatio en los legados vindicatorios esto es, aquellos en los que el heredero quedaba obligado a transmitir un derecho. Por este motivo, esta acción sólo puede ejercitarse contra el heredero, en este caso, el hijo emancipado, por tratarse de un derecho personal y no real (a diferencia del legado vindicatorio).