ERROR

 

Concepto.

Vicio del consentimiento consistente en la ignorancia, equivocación o desconocimiento acerca de alguno de los contenidos de la declaración de voluntad: como dice Juliano, "los que yerran no consienten. ¿Qué cosa hay, pues, tan contraria al consentimiento como el error, que descubre la ignorancia?"

 

Clases

- Error in corpore. Error que concierne al objeto del contrato o del negocio jurídico. En este supuesto los juristas atienden a la prevalencia de la intención o voluntad de las partes. Si se disiente en el objeto el contrato o negocio es nulo.

- Error in substantia. Error en la cualidad de las cosas objeto del contrato o negocio jurídico. No impide el consentimiento y el contrato o negocio se considera válido aunque procede indemnización por la inferior calidad. Los juristas postclásicos siguieron una decisión de Juliano y negaron la existencia del contrato, cuando una de las partes incurría en error sobre la sustancia.