ACTIO EMPTI

 

No procede el ejercicio de esta acción porque no se produce la venta y, en consecuencia, no nacen los derechos y obligaciones cuyo cumplimiento puede ser exigido mediante el ejercicio de esta acción.

Caso diferente sería aquel en el que la venta se hubiera producido. Serían de aplicación entonces las reglas de mancomunidad que, como regla general rigen la actuación de las personas que integran una sociedad.