PERICULUM

 

El periculum o riesgo de la pérdida del caballo puede atribuirse a la sociedad o al socio que lo aportó. Todo depende de la interpretación que se dé al contrato conforme a la distinta función que tenía el caballo en la cuádriga y el fin con el que se constituye la sociedad:

- La sociedad se contrae para vender la cuádriga y repartirse los socios el precio. Una vez vendida la cuádriga, la sociedad se extingue. También se considera extinguida la sociedad por la pérdida de uno de los caballos de forma que su propietario soporta el riesgo.

- La sociedad consiste en formar una cuádriga común, de la que un socio tiene tres partes y el otro una. La pérdida de un caballo no extingue la sociedad, que perdura mientras los socios quieran, es la sociedad la que soporta el riesgo y a la que se imputa la pérdida patrimonial derivada de la muerte del caballo.