B) Suceden los parientes agnados del testador.
Correcta si consideramos, junto con C. Mucio Escévola, jurista que defiende a los parientes agnados, que no se produjo la sustitución pupilar (si muere impuber) pues el hijo esperado no llega a nacer y que la sustitución vulgar (si no llegó a ser heredero) no está implícita en la pupilar, tal como el tenor literal del testamento expresa.