a) Vinicio puede defenderse de la expulsión violenta del comprador mediante los interdictos de retener la posesión (interdicto unde vi).
Los postclásicos sí conceden al arrendatario estos interdictos y por eso se mencionan en los textos del Digesto, probablemente interpolados.
En el caso descrito, procedería el ejercicio de este interdicto posesorio dirigido a recuperar la posesión arrebatada con violencia.