Herencia (sustituciones)
80. SUSTITUCION PUPILAR
«Un padre, instituyendo heredero a un hijo impúber, le nombró un sustituto «pupilar» y, habiendo sido hecho prisionero, murió en el cautiverio; muerto luego el impúber, creían algunos que debía sucederle su heredero legítimo, y que no valían las tablas de la sustitución porque el hijo se había hecho independiente antes de morir su padre».
Papiniano, 29 quaest. D.49.15.10pr.
I. Acciones
@ querella inofficiosi testamenti
II. Reglas e instituciones