Contratos de buena fe (compraventa)

65. EL EDIL ARBITRARIO

  

«Ticio vendió unas camas a Cayo y convino que se las entregaría en su domicilio. No encontrándole dejó las camas a la puerta de la casa de Cayo. El edil mandó destruir las camas compradas que habían sido colocadas en la vía pública. ¿Quién sufrirá la pérdida de las camas y que acción ejercitará contra el edil?».

Paulo, 3 ep. Alf: dig. D.18.6.13(12)

 

I. Acciones y excepciones

@ actio venditi 

@ actio empti 

@ condictio 

@ actio legis Aquiliae 

@ actio iniuriarum 

 

II. Instituciones y reglas

@ compraventa 

@ mora emptoris 

@ mora venditoris 

@ periculum 

@ damnum iniuria datum 

@ arrendamiento 

@ contrato de compraventa imperfecto 

 

III. Respuestas y solución razonada.

a) Ticio vendedor debe devolver el precio pagado por las camas y demanda al edil. 

b) Cayo pierde las camas que compró a Ticio y demanda al edil. 

c) El edil demanda a Cayo y a Ticio.

 

 

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