LEGADO DE USUFRUCTO 

  

No hay legado de usufructo, pero los juristas comparan la situación del legatario de esta casa a la del usufructuario.

 

La consecuencia que se extrae de esta equiparación es que, al igual que el legatario de usufructo tendría acceso a través del terreno ajeno a la finca dejada en usufructo porque de otra manera el legado carecería de efectividad, el propietario de la casa legada tiene a su favor la servidumbre de paso a través de la casa de Ulpio.