HIPOTECA
Aunque los juristas utilizan pignus como denominación genérica, aquí se trata de una hipoteca, ya que no existe el desplazamiento de la posesión característico de la prenda.
La regla que aquí se aplica en relación con las hipotecas es la siguiente: "prior in tempore potior in iure". La hipoteca que primero se constituyó es la constituída en favor del propietario de la casa de baños y ésa es la que tiene prioridad sobre la otra constituída después.