Servidumbres prediales (servidumbres rústicas)

26. LA SERVIDUMBRE DE BUSCAR AGUA

 

 «Cayo estipula con su vecino Ticio que le dejara buscar agua en el fundo de éste y en el caso de que la encuentre le permita realizar obras para extraerla y para poner permanentemente una cañería de arcilla para conducirla a su fundo. Una vez realizadas las obras y cuando Cayo encuentra el agua, Ticio le prohíbe extraerla porque no podía haber concedido una servidumbre cuando todavía el agua no se había alumbrado».

Pomponio, 31 ad Q. Muc D.8.3.15

Labeón, 1 pith. D.8.5.21

Paulo, 49 ed. D.8.3.10

 

I. Acciones y excepciones

A) de Cayo:

@ actio doli

@ reivindicatio

@ vindicatio servitutis

@ actio ex stipulatu

@ actio Publiciana

@ interdicto uti possidetis

 

B) de Ticio:

@ actio furti

@ actio negatoria

 

II. Instituciones y reglas

@ servidumbres prediales rústicas de sacar agua (s. aquae haustus) y de acueducto (s. aquae ductus)

@ estipulación

@ regla «servitus in faciendo consistere nequit»

 

 

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