Servidumbres prediales (usufructo y habitación)

37. LAS RENTAS DE LA USUFRUCTUARIA

  

"Vinicio lega en su testamento un fundo a su ciudad de Ancio y el usufructo a su mujer Livia. Ésta, que arrienda el fundo al colono Ticio, fallece en el mes de Diciembre, después que el colono cosechó en el mes de Octubre anterior todos los frutos que nacen en aquellos campos. Se pregunta a quién deben pagarse las rentas que vencen en las kalendas de Marzo: si al heredero de Livia o a la ciudad de Ancio».

Escévola, 3 resp. D.7.1.58

 

I. Acciones

A) Del heredero de Livia:

@ vindicatio ususfructus

@ actio locati

@ actio conducti

@ reivindicatio

@ condictio

 

B) De la ciudad de Ancio:

@ reivindicatio

@ actio locati

@ interdictum uti possidetis

 

IV. Instituciones y reglas

@ herencia

@ legados

@ arrendamiento

@ posesión del fundo

@ extinción del usufructo

 

 

@ ir a la versión completa

 

@ volver a la página inicial