EXCEPTIO LEGIS PLAETORIAE

 

La relación entre el menor y su curador, como gestor de los negocios de aquél, desde comienzos del siglo II a. C., está sujeta a lo dispuesto por la Ley Laetoria (llamada comunmente Ley Plaetoria) que protege al menor frente al engaño que hubiera podido sufrir por la mala gestión de su curador: en favor del minor que experimente un fraude derivado de la gestión de su curador, el pretor le condece una exceptio legis Plaetoriae con la que paralizar la reclamación indebida.